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La lección Contratos de renta y servicios (al iyára)
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Es un contrato sobre un trabajo o un beneficio lícito conocido de un origen conocido o descrito bajo garantía, por un tiempo definido y una retribución definida.
El precepto que rige la renta en la legislación islámica
Evidencias de la condición de permitida de la renta
Aisha, que Al-lah esté complacido con ella, dijo: "El Mensajero de Al-lah, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, y Abu Bakr contrataron a un hombre de Bani Ad-Dail como guía y explorador, y él profesaba la religión de los idólatras de Quraish. Le entregaron las monturas de ambos y quedaron en encontrarlo en la cueva de Zawr en tres días, y él vino a ellos con sus monturas a la mañana del tercer día" (Bujari, 2264).
La sabiduría tras la legislación de la renta
Tipos de renta:
Tipos de obrero (ayír):
El obrero exclusivo
Es aquel obrero que tiene más de un contratante que se beneficia de su servicio, como es el caso con los herreros, los orfebres, los tintoreros, los sastres que trabajan de forma independiente y aceptan trabajos de quienes se los demandan. Los que lo contratan no tienen derecho de prohibirle trabajar para otros y se le pagará solo por el trabajo realizado.
Pilares de un contrato de servicios (iyára):
Ambas partes:
Que es la oferta y la aceptación por cualquier medio que confirme la fórmula del contrato legalmente o de acuerdo a los usos y costumbres.
El servicio:
Es la retribución que se paga a cambio del servicio de una persona o el beneficio de un objeto. Es el equivalente al precio de venta en un contrato de compraventa.
Requisitos para la validez de un contrato de servicios:
Tiempo de obligatoriedad de la renta.
Está permitido que acuerden adelantar el pago, postergarlo o pagar en cuotas. El obrero contratado merece su pago al completar su trabajo a cabalidad.
Si la renta es por un objeto alquilado, pues el pago se hace obligatorio después de haberse beneficiado del objeto. Abu Huraira, que Al-lah esté complacido con él, relató que el Profeta, la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él, dijo: "Al-lah dijo: 'Yo disputaré con tres personas el día de la resurrección: un hombre que se le dio en mi nombre y después traicionó; uno que vende a un hombre libre como si fuese un esclavo y se beneficia de su venta; y un hombre que contrata a un obrero y recibe el servicio pero no le paga su renta'" (Bujari, 2227).
Situaciones en que se termina el contrato de arrendamiento
El contrato de renta no se cancela por la muerte de una de las partes del mismo ni por la venta del objeto rentado. Si alguien es contratado para realizar una labor específica y luego muere, queda cancelado el contrato. Cuando se termina el tiempo estipulado en el acuerdo, el arrendatario deja de usar el objeto rentado y se lo devuelve al arrendador si se puede mover.